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FOB (Free On Board) - Libre a Bordo (puerto de carga convenido)

La responsabilidad del vendedor termina cuando las mercaderías sobrepasan la borda del buque en el puerto de embarque convenido.

El comprador debe soportar todos los costos y riesgos de la pérdida y el daño de las mercaderías desde aquel punto.

El término FOB exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación.

Este término puede ser utilizado sólo para el transporte por mar o por vías navegables interiores.

Obligaciones del vendedor

  • Entregar la mercadería y documentos necesario
  • Empaque y embalaje
  • Flete (de fábrica al lugar de exportación)
  • Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)
  • Gastos de exportación (maniobras, almacenaje, agentes)

 Obligaciones del Comprador

  • Pago de la mercadería
  • Flete y seguro (de lugar de exportación al lugar de importación)
  • Gastos de importación (maniobras, almacenaje, agentes)
  • Aduana (documentos, permisos, requisitos, impuestos)
  • Flete (lugar de importación a planta)
  • Demoras
 
 
   
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San José, Costa Rica